Viernes 15 de noviembre de 2024

Justicia y Paz se une al repudio por el intento de derogar ley de tierras indígenas

  • 21 de mayo, 2022
  • Buenos Aires (AICA)
La Comisión Nacional Justicia y Paz recordó que la ley 26.160 protege derechos de los pueblos originarios, por lo que debe permanecer vigente hasta completar relevamiento técnico, jurídico y catastral
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La Comisión Nacional Justicia y Paz (CNJP) de la Conferencia Episcopal Argentina (CEA) acompaña el enérgico repudio del Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (Endepa) y la Comisión Episcopal de Pastoral Aborigen (CEPA) al proyecto de ley de derogación de la prórroga de la Ley de Emergencia de la Posesión y Propiedad de Tierras de Comunidades Indígenas 26.160, presentado en la Cámara de Diputados de la Nación.

“La ley 26.160 y sus prórrogas han sido sancionadas a los fines del ejercicio de esos derechos. En consecuencia, deben permanecer vigentes hasta tanto se complete el relevamiento técnico, jurídico y catastral de las tierras comunitarias indígenas, que debe realizar el Estado”, sostiene en su pronunciamiento.

Texto del pronunciamiento
“Los pueblos indígenas son un grito viviente a favor de la esperanza. Ellos nos recuerdan que los seres humanos tenemos una responsabilidad compartida en el cuidado de la “casa común” … La tierra sufre y los pueblos originarios saben del diálogo con la tierra, saben lo que es escuchar la tierra, ver la tierra, tocar la tierra. Saben el arte del buen vivir en armonía con la tierra.” Francisco, Mensaje al IV Foro de las Poblaciones Indígenas, FAO, Roma, febrero de 2019. 

La Comisión Nacional Justicia y Paz de la Conferencia Episcopal Argentina acompaña el enérgico repudio del Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (Endepa) y la Comisión Episcopal de Pastoral Aborigen (CEPA) al proyecto de ley de derogación de la prórroga de la Ley de Emergencia de la Posesión y Propiedad de Tierras de Comunidades Indígenas 26.160, presentado en la Cámara de Diputados de la Nación. 

El art. 75, inc. 17 de la Constitución Nacional establece que corresponde al Congreso de la Nación “reconocer… la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan” los pueblos indígenas. 

El Convenio 169 de la OIT, aprobado por ley 24.071 y el Código Civil y Comercial de la Nación integran ese reconocimiento. La ley 26.160 y sus prórrogas han sido sancionadas a los fines del ejercicio de esos derechos. En consecuencia, deben permanecer vigentes hasta tanto se complete el relevamiento técnico, jurídico y catastral de las tierras comunitarias indígenas, que debe realizar el Estado.+