Viernes 15 de noviembre de 2024

La Corte avala conmemoración de dos fechas religiosas en escuelas de Mendoza

  • 25 de agosto, 2022
  • Mendoza (AICA)
El máximo tribunal resolvió que las fiestas del Patrono Santiago y de la Virgen del Carmen de Cuyo "no contravienen el principio de neutralidad religiosa que debe prevalecer en las escuelas públicas".
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La Corte Suprema de Justicia resolvió que la conmemoración del Santo Patrono Santiago y de la Virgen del Carmen de Cuyo en los establecimientos educativos de Mendoza “no contravienen el principio de neutralidad religiosa que debe prevalecer en las escuelas públicas”.

El máximo tribunal falló de ese modo ante una presentación de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) contra la Dirección General de Escuelas de Mendoza por la presunta violación a la neutralidad.

El organismo educativo provincial dispuso la conmemoración religiosa en virtud de la “gran significatividad y con la participación de toda la comunidad educativa” para los días 25 de julio, solemnidad del Apóstol Santiago, y 8 de septiembre, dedicado a la Virgen del Carmen de Cuyo.

La Corte Suprema entendió que las celebraciones “se vinculan con la historia y la tradición cultural de la provincia de Mendoza” y resaltó “la impronta histórica de estas dos fechas, su significado y arraigo en la cultura local”.

La APDH había presentado una acción de amparo argumentando que las conmemoraciones y actividades previstas constituían “actos de culto de la fe católica” y, en ese contexto, implicaban “adoctrinamiento en esa religión”.

El máximo tribunal replicó esa argumentación afirmando que las conmemoraciones “carecen de contenido religioso y, en consecuencia, su celebración se encuentra dentro de las facultades de la provincia de organizar su calendario escolar”.

“Si bien las conmemoraciones y actividades previstas en la norma impugnada se refieren a dos figuras que pertenecen a una religión determinada, solo lo hacen en la medida en que se vinculan con la historia y la tradición cultural de la Provincia de Mendoza”, sostuvieron los magistrados.+