Miércoles 25 de diciembre de 2024

El gobierno santafesino autorizó la reapertura de los templos de la provincia

  • 17 de junio, 2021
  • Rosario (Santa Fe) (AICA)
El arzobispado de Rosario destacó que se permitan las celebraciones litúrgicas y religiosas con un aforo del 30% y cumpliendo protocolos en el marco de las restricciones por la pandemia de coronavirus
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El arzobispado de Rosario destacó que el gobernador de la provincia de Santa Fe, Omar Perotti, haya autorizado la reapertura de las celebraciones litúrgicas y religiosas dentro de los templos en el marco de las restricciones por la pandemia de coronavirus.

En su página publicó el decreto correspondiente, en el que se señala que la medida responde a la decisión adoptada en el ámbito nacional por el jefe de Gabinete de Ministros de la Nación a pedido de la Secretaría de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Oportunamente, el arzobispado de Rosario había expresado su "dolor" por el decreto de la provincia de Santa Fe que disponía la suspensión de la realización de "todo tipo de actividades y eventos religiosos en lugares cerrados".

En el nuevo decreto, el mandatario santafesino autoriza en todo el territorio provincial “la realización de actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, sujetas a la condición de la implementación y cumplimiento de los protocolos específicos oportunamente aprobados para el desarrollo de las actividades religiosas, el seguimiento de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria”

Asimismo, enumera que se deben cumplir una serie de condiciones:

  • apertura de 9 a 19 horas
  • concurrencia utilizando elementos de protección de nariz, boca y mentón
  • permanente ventilación de los espacios
  • densidad de ocupación de una persona cada dos (2) metros cuadrados de espacio circulable
  • con un aforo del treinta por ciento (30%) de ocupación máxima de la superficie
  • disponiendo las actividades o celebraciones con una pausa que permita la desinfección del local y de los elementos de uso habitual previo a la realización de la siguiente programada
  • adecuación de las actividades de los dependientes a los protocolos específicos de la actividad, aprobados por la autoridad sanitaria y del trabajo
  • de ser posible, sectores de ingreso y egreso diferenciados y debidamente identificados, manteniendo un sentido unidireccional de circulación
  • colocación de dispensadores con alcohol en gel o soluciones sanitizantes similares y elementos para limpieza y sanítización del calzado, los que deberán ser utilizados por los concurrentes para poder ingresar
  • delimitación y señalización del sector de bancos o butacas, a los fines de asegurar que entre las personas se respeten dos (2) metros de distanciamiento; en el caso de haber butacas, las personas deberán sentarse en las mísmas dejando como mínimo dos (2) butacas libres entre sí
  • colocación de cartelería con recomendaciones en paredes y puertas; y señalizaciones en los bancos o butacas, recordando el distanciamiento social recomendado por las autoridades sanitarias. En aquellos lugares en donde se pudieran formar filas de personas (baños , entradas , salidas etc.), demarcación en el piso de la distancia a guardar entre las personas.

Más información en www.delrosario.org.ar.+