Mediante un decreto presidencial, se autoriza al canciller a reconocer las nuevas jurisdicciones eclesiásticas y a prestar su consentimiento a la designación de arzobispos y obispos.
La corporación fundamentó su presentación en el hecho de que el decreto presidencial "viola flagrantemente" las libertades de culto y religiosa. También impugnan la limitación al número de fieles.
"La prohibición de toda actividad, bajo amenaza de sanción penal, constituye una inaceptable violación de derechos humanos fundamentales", sostiene en referencia a las limitaciones al culto público.