El episcopado felicita al Tribunal que declaró "inconstitucional" la ley de eutanasia
- 16 de marzo, 2021
- Lisboa (Portugal) (AICA)
El Tribunal Constitucional de Portugal declaró ayer "inconstitucional" la ley que legalizaba la práctica de la eutanasia, aprobada por el Parlamento el pasado 29 de enero.
La Conferencia Episcopal Portuguesa (CEP) “recibe con satisfacción” la deliberación del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional “la ley de la Asamblea de la República que aprueba la eutanasia y el suicidio asistido”, se lee en la declaración difundida este 15 de marzo ante el fallo del Tribunal y el consiguiente veto del presidente de la República a esta ley, aprobada por el Parlamento portugués el 29 de enero que legalizaba la práctica de la eutanasia.
“Toda legalización de la eutanasia y el suicidio asistido es siempre contraria a la afirmación de la dignidad de la persona humana y a la Constitución de la República Portuguesa”, destaca el padre Manuel Barbosa, secretario y portavoz de la CEP.
La Conferencia Episcopal “reafirma” la posición adoptada por la Iglesia en todo el proceso sobre la eutanasia y el suicidio asistido, “defendiendo siempre que la vida humana es inviolable”.
El Tribunal Constitucional falló este 15 de marzo por mayoría por la inconstitucionalidad de la ley de despenalización de la eutanasia. La decisión, adoptada por mayoría por el Tribunal Constitucional, se fundamenta en la “violación del principio de determinabilidad de la ley” y en la “densidad normativa insuficiente” de la propuesta presentada por la Asamblea de la República.
La Federación Portuguesa por la Vida también acogió con satisfacción la decisión del Tribunal Constitucional y recordó que está en línea con la “posición expresada por gran parte de la sociedad, además de responder a las críticas que a este documento le hacen todas las entidades escuchadas por la Asamblea de la República”.
El presidente de la República veta y devuelve la ley al Parlamento
“A raíz de la Sentencia del Tribunal Constitucional de hoy, que consideró inconstitucional las reglas del diploma sometido a revisión preventiva de constitucionalidad, el presidente de la República lo devolvió a la Asamblea de la República, sin promulgación, en los términos del párrafo 1 del artículo 279 de la Constitución, el Decreto de la Asamblea de la República que regula las condiciones especiales en las que no es punible la anticipación de la muerte asistida médicamente y altera el Código Penal”, se lee en un comunicado publicado en el sitio web de la Presidencia de la República.
El presidente de la República solicitó la inspección preventiva de la ley de despenalización de la eutanasia el 18 de febrero, al considerar que la ley en cuestión “utiliza conceptos excesivamente indeterminados, al definir los requisitos de permiso para la despenalización de la muerte asistida médicamente”.
De acuerdo con la solicitud enviada por Marcelo Rebelo de Sousa al Tribunal Constitucional, está en juego “el alcance de la libertad para limitar el derecho a la vida, que se interpreta de acuerdo con el principio de dignidad humana”.
Ninguna forma de legalización de la eutanasia se ajustará a la Constitución
Las asociaciones de abogados y médicos católicos recibieron con satisfacción la declaración de que la ley de despenalización de la eutanasia es inconstitucional y argumentan que “es imposible que otra formulación de la ley se ajuste a la Constitución”.
“La Asociación de Juristas Católicos (AJC) y la Asociación de Médicos Católicos Portugueses (AMCP) reafirman que ninguna forma de legalización de la eutanasia y el suicidio asistido será conforme a la Constitución portuguesa y el respeto a la dignidad de la persona humana”, se refiere en un comunicado, difundido por la agencia Ecclesia.
“La legalización de la eutanasia y el suicidio asistido viola claramente el principio de inviolabilidad de la vida humana consagrado en el párrafo 1 del artículo 24 de la Constitución portuguesa, artículo que encabeza todo el catálogo de derechos fundamentales. También viola el principio de igual dignidad para todas las personas (derivado de los artículos 1 y 13 de nuestra Ley fundamental) al distinguir entre vidas humanas dignas de protección y no dignas de protección”, afirma el comunicado.
Las dos asociaciones también afirman que “no consideran el suicidio asistido y la eutanasia como actos médicos”.
“Teniendo en cuenta los ejemplos de los países que llevaron a cabo esta legalización, no vemos cómo ninguna otra formulación de una ley para legalizar la eutanasia y el suicidio asistido pueda satisfacer los requisitos de seguridad jurídica derivados de los principios de criminalidad y tipicidad”, agrega la declaración.
Abogados y médicos católicos también refieren que “la experiencia de los pocos países que permiten la eutanasia demuestra que esta ley, independientemente de su redacción, abre inexorablemente la puerta que conduce a una rampa empinada con trágicas consecuencias”.
“Por todas estas razones, AJC y AMCP reafirman que ninguna forma de legalización de la eutanasia y el suicidio asistido será conforme a la Constitución portuguesa y el respeto a la dignidad de la persona humana”, concluye el comunicado. +