Arzobispado de La Plata: Aclaraciones y decreto sobre el padre Raúl Sidders

  • 19 de diciembre, 2020
  • La Plata (Buenos Aires) (AICA)
En un comunicado, hizo precisiones sobre el caso del sacerdote y sobre lo dispuesto por monseñor Víctor Manuel Fernández en forma prudencial mientras dura la investigación.

El arzobispado de La Plata difundió un segundo comunicado con aclaraciones sobre el caso del presbítero Raúl Sidders, a raíz de "informaciones falsas y no debidamente chequeadas que han sido divulgadas" y un nuevo de decreto de monseñor Víctor Manuel Fernández  "sólo prudencialmente mientras dura la investigación" del caso del sacerdote.

En el decreto, el arzobispo plantense "notifica al presbítero Sidders que debe evitar la celebración pública de la misa. También le prohíbe cualquier tipo de actividad que pueda involucrar a menores de edad".

"Esta doble decisión se realiza en orden a liberar su ministerio de toda sospecha y se trata sólo de una medida 'preventiva'. No constituye una sanción que se impone luego del correspondiente procedimiento", puntualiza.

"Como cabe en estas situaciones, evitamos anticipar juicios o valoraciones hasta que se conozcan las conclusiones de la investigación en curso", agregó.

El arzobispado indicó, además, que "el padre Sidders tiene sus propios abogados para ejercer su legítima defensa. Es su derecho como ciudadano. Así como hay laicos que tienen una opinión discordante con respecto a lo que se ha difundido y tienen derecho a expresarlo libremente".

En el primer comunicado, en el que el arzobispo platense le impuso una amonestación al sacerdote fue difundido el 21 de agosto pasado.

Texto del comunicado
Estimados fieles de la comunidad arquidiocesana: Les hacemos llegar este segundo comunicado acerca del sacerdote Rául Sidders. Como ustedes saben, el juez de garantías, por solicitud de la querella y requerimiento de la fiscalía, dio lugar a dictar la prisión con sentido “preventivo” porque todavía no hubo un juicio. Posteriormente los abogados del sacerdote solicitaron que la prisión fuera domiciliaria. El juez lo aceptó aunque fue apelado. El sacerdote, al presentarse, hizo un descargo escrito, además de prestar declaración oral. Allí aportó nuevos elementos de juicio para que la justicia analice oportunamente.

Mientras la investigación sigue su curso, el Arzobispado está a disposición para colaborar con la justicia. De hecho, el 16 de septiembre de 2020, respondimos al pedido recibido y enviamos a la Fiscalía copia del legajo completo del Pbro. Raúl Sidders. Allí manifestamos que también enviaríamos la investigación canónica previa en curso en nuestra sede. El 6 de octubre presentamos en la Fiscalía copia completa de esta investigación iniciada el 1° de agosto de 2020, que también fue elevada a la Santa Sede. Lo prueban los correspondientes sellados.

Fuera de nuestra colaboración con la justicia y de esta comunicación escrita, el Arzobispo evitará emitir opiniones públicas, que podrían ser consideradas como una injerencia indebida o como un obstáculo a la tarea de la Fiscalía en esta etapa de investigación.

Ya se informó que el 21 de agosto del 2020 el Arzobispo impuso una amonestación al Pbro. Raúl Sidders para que evite todo lenguaje inapropiado, sobre todo ante menores de edad, y particularmente cualquier expresión que pueda interpretarse como menosprecio hacia las mujeres. En ese mismo acto pidió que el sacerdote preventivamente no tuviera actividades con menores. Todo se informó a la Santa Sede, que supervisa de manera especial este tipo de acusaciones e indica los procedimientos a seguir.

Ahora, sólo prudencialmente mientras dura la investigación, y a la espera del pronunciamiento judicial, el Arzobispo ha emitido un nuevo decreto. Allí notifica al Pbro. Sidders que debe evitar la celebración pública de la Misa. También le prohíbe cualquier tipo de actividad que pueda involucrar a menores de edad. Esta doble decisión se realiza en orden a liberar su ministerio de toda sospecha y se trata sólo de una medida “preventiva”. No constituye una sanción que se impone luego del correspondiente procedimiento. Como cabe en estas situaciones, evitamos anticipar juicios o valoraciones hasta que se conozcan las conclusiones de la investigación en curso. Por su parte, el padre Sidders tiene sus propios abogados para ejercer su legítima defensa. Es su derecho como ciudadano. Así como hay laicos que tienen una opinión discordante con respecto a lo que se ha difundido y tienen derecho a expresarlo libremente.

Por otro lado, ante informaciones falsas y no debidamente chequeadas que han sido divulgadas, en honor a la verdad, es necesario clarificar dos cuestiones:

  1. El traslado del sacerdote a Misiones fue anterior a las denuncias, como puede corroborarlo cualquier periodista profesional. El motivo del traslado del padre Sidders fue porque lo solicitó como colaborador monseñor Baisi cuando fue designado Obispo de Puerto Iguazú. En ese momento no existía ninguna acusación –ni siquiera mediática– referida a abuso sexual de menores. El traslado efectivo del sacerdote ocurrió el día 24 de junio 2020 y este hecho es fehacientemente constatable, en especial debido a los controles impuestos en las provincias por la pandemia del Covid 19. Las acusaciones divulgadas fueron posteriores, hasta que recién el 20 de agosto de 2020 se presentó formalmente una denuncia contra el sacerdote radicada en la Fiscalía 11 del Distrito judicial de la Plata.

  2. Se afirmó en algunos medios que el padre Sidders cumple funciones en Gendarmería y que desde allí podría incidir para evadir o entorpecer la investigación. Sin embargo, el alta que lo incorporaba como capellán Castrense en la Región VI de Misiones se dejó sin efecto preventivamente hace dos meses: el día 14 de octubre del 2020. Esto lo comunicó la propia Gendarmería al Obispado castrense, como lo prueba el documento que se adjunta.

Al margen de lo que se diga en medios o redes sociales, esperamos prudentemente el pronunciamiento final de la justicia prestando toda colaboración que se requiera. Siempre en orden a lograr un pronto esclarecimiento con las garantías del debido proceso, ajustado a derecho, que consagra nuestra legislación.

Más información: www.arzolap.org.ar.+